Bajo el Decreto 039 del 14 de enero de 2021, el Ministerio del Interior cerró, hasta el 1 de marzo, los pasos terrestres y fluviales de frontera con la República de Panamá, República de Ecuador, República del Perú, República Federativa de Brasil y República Bolivariana de Venezuela.
Esta medida se presenta para contener la propagación de la Covid-19 en el país.
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Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades:
1. Emergencia humanitaria.
2. El transporte de carga y mercancía.
3. Caso fortuito o fuerza mayor.
4. La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.
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