En un comunicado emitido por dicha fundación expresan que “En el último mes el Presidente Gustavo Petro ha difundido en su cuenta de Twitter por lo menos 34 trinos en los que menciona a nueve medios de comunicación. La frecuencia con la que el Presidente controvierte a la prensa deja entrever una estrategia para posicionar su narrativa y su agenda en redes. Del mismo modo, pretende sembrar la duda ante la audiencia, sobre la idoneidad de los medios para hacer su trabajo”.
Y añanden en la misiva “En sus publicaciones, el Presidente hace correcciones, réplicas o reproches a medios de comunicación por la manera en la que cubren a su gobierno. También, ha calificado la información periodística como falsa y ha replicado mensajes de terceros que se refieren a periodistas de manera desobligante y burlona. Esto sucede en medio de debates como la transición energética, los diálogos de paz con grupos ilegales y los señalamientos por acoso sexual a personas que han apoyado al Pacto Histórico.
No todos los trinos del Presidente hacia la prensa en el último mes tienen las mismas implicaciones para la libertad de expresión. El contexto, las motivaciones y el alcance de cada uno pueden variar lo que amerita una reflexión más profunda. Sin embargo, en su conjunto tienen un efecto negativo para el debate”.
Y enfatizaron que, por lo anterior “el Presidente debe ser contundente a la hora de abstenerse de emitir cualquier mensaje que la ciudadanía pueda interpretar como permisivo frente a la violencia contra la prensa. Existe una crisis aguda de violencia contra el periodismo que no solo se refiere a los ataques físicos o letales, también a otras formas que propician un ambiente hostil. A lo largo del 2022 documentamos 218 amenazas, la cifra más alta de los últimos quince años. Durante el mandato del actual Gobierno, se han documentado, entre otros, dos asesinatos a periodistas, doce estigmatizaciones por parte de funcionarios públicos y 82 amenazas”.
Recordemos que el derecho a la libertad de expresión, cuando es ejercido por servidores públicos en el desempeño de sus funciones, tiene limitaciones mayores a las que ostenta un particular.
Según la Corte Constitucional, cuando la máxima autoridad de un Estado se pronuncia no está ejerciendo “la simple libertad de expresión reconocida en general a los ciudadanos, sino que están utilizando un medio legítimo para el ejercicio de la autoridad pública.”
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