La Cámara de Representantes terminó el trámite ordenado por la Corte Constitucional para revisar nueve artículos de la reforma pensional de 2024. La plenaria debatió las proposiciones presentadas para modificar esos apartados y resolvió no introducir cambios al texto que había sido aprobado previamente por el Senado.
La decisión se produjo un día antes de que venciera el plazo fijado por el alto tribunal. Al mantenerse el mismo articulado aprobado por las dos corporaciones, no fue necesario convocar una comisión de conciliación. El resultado todavía debe ser informado a la Corte Constitucional, que tendrá a su cargo el pronunciamiento final sobre el cumplimiento de la orden impartida.
Un trámite concentrado en dos sesiones
La discusión comenzó el martes 27 de octubre y continuó el miércoles 28 de octubre. En la primera jornada, la plenaria analizó tres de los asuntos que debían ser subsanados y rechazó las proposiciones correspondientes. La Cámara había solicitado con anterioridad más tiempo para estudiar los artículos, debido a que también estaba ocupada en el debate del Presupuesto General de la Nación para 2027, pero la Corte no emitió una respuesta oficial a esa petición.
El debate se concentró en disposiciones frente a las cuales la Corte había identificado problemas de procedimiento. Según la decisión judicial, durante el trámite anterior no se habrían discutido algunas propuestas presentadas por congresistas para modificar o incorporar reglas en el sistema pensional. Por esa razón, el Congreso debió volver a poner esos puntos a consideración de la plenaria.
Los temas revisados
Las proposiciones estaban relacionadas con varios componentes de la reforma:
- La naturaleza y la propiedad de los recursos destinados a la protección para la vejez, la invalidez y la muerte.
- Los cálculos actuariales del sistema de equivalencias y de los bonos pensionales.
- Las inversiones y las comisiones de los fondos privados.
- Las semanas requeridas para pensionarse en el caso de las mujeres con hijos.
| Aspecto | Resultado del trámite |
|---|---|
| Artículos revisados | 9 |
| Corporación que los debatió | Cámara de Representantes |
| Conciliación con el Senado | No fue necesaria |
| Entrada en vigencia prevista | 1 de abril de 2027 |
La votación mantuvo sin modificaciones el contenido que había sido promulgado dos años atrás. En consecuencia, y a la espera de la decisión definitiva de la Corte Constitucional, el texto conserva la fecha de entrada en vigencia establecida en el fallo: el 1 de abril de 2027.
El siguiente paso anunciado consiste en que la Presidencia de la Cámara remita a la Corte las actas de las sesiones y comunique formalmente el resultado del debate. Con esos documentos, el alto tribunal determinará si el Congreso cumplió las instrucciones relacionadas con la corrección del procedimiento legislativo.